martes, 4 de diciembre de 2018

ARTÍCULO 62


Corresponde al Rey:

A) Sancionar y promulgar las leyes.

B) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.

C) Convocar a rereréndum en los casos previstos en la Constitución.

D) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.

E) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.

F) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y cistinciones con arreglo a las leyes.

G) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Cosejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
H) El mandio supremo de las Fuerzas Armadas.

I) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, pue no podrá autorizar indultos generales.

 J) El Alto Patronazgo de las Reales academias. 

 

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